Miembro del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Baleares
¿Qué es un Agente de la Propiedad Inmobiliaria?

El Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API) es un profesional cualificado que opera en el mercado inmobiliario y que está regulado por Real Decreto 1294/2007. Para ser Agente de la Propiedad Inmobiliaria es necesario estar en posesión de un Título Oficial Universitario, presentar la solicitud de colegiación y cumplir con los requisitos establecidos.
El mercado inmobiliario está necesitado de absoluta transparencia y de máxima seguridad jurídica, más aun cuando el principal objeto de la intermediación inmobiliaria es la vivienda, bien de primera necesidad que tiene atribuida constitucionalmente una función social esencial. La intervención de un API, como profesional acreditado, aporta la garantía necesaria para que el acuerdo de voluntades y el contrato inmobiliario esté dotado de la seguridad precisa. Un proceso o una inversión inmobiliaria exigen apoyo profesional para evitar el riesgo de contratos erróneos, fraudes o incumplimientos.
El Agente de la Propiedad Inmobiliaria está reconocido ante la Administración como profesional legalmente habilitado y titulado lo que supone una gran garantía en el desarrollo de su actividad para aquellos clientes con los que trata. Su actuación está encaminada a velar por la defensa de los intereses de todas las partes que intervienen en una transacción y poniendo al servicio de los usuarios su conocimiento del mercado y del marco legal que debe envolver la operación en cuestión. En definitiva, el API posee un amplio conocimiento del mercado inmobiliario a disposición de los ciudadanos.
En fecha 14 de noviembre de 2024 Julià Sansó Rosselló ha pasado, además de ejercer como abogado, a formar parte del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Baleares como colegiado número 770, habiéndole asignado de forma provisional el número GOIBE810335/2024 en el Registro Oficial de Agentes Inmobiliarios de las Islas Baleares (ROAIIB), para dar así cumplimiento a la Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda (BOIB núm. 61 de 9 de mayo de 2024), cuya finalidad, entre otras muchas, es luchar contra la actividad clandestina, la oferta ilegal, el intrusismo profesional o la competencia desleal en el mercado inmobiliario, e intentar proporcionar un marco de confianza garantizando que los agentes cumplirán con los estándares legales y de capacitación para asesorar en las complejidades que puedan llegar a surgir en las compraventas y alquileres de inmuebles en Baleares. En definitiva, se trata también de proteger a compradores y vendedores de posibles prácticas fraudulentas y ofrecer el máximo de transparencia en este sector tan fundamental para la economía de las Illes Balears, así como dotar de seguridad jurídica una de las decisiones más importantes en las vidas de las personas: la adquisición de su vivienda o cualquier otro inmueble.







