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Queremos ayudarle a encontrar la propiedad que siempre ha estado buscando. Por ello le ofrecemos un amplio listado de propiedades inmobiliarias a la venta o en alquiler en la isla de Mallorca.



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Con el paso de los años nuestro amplio conocimiento del mercado inmobiliario nos ha ayudado a vender con éxito las propiedades de muchos de nuestros clientes. Nosotros trabajamos arduamente para conseguir la máxima exposición de todas nuestras propiedades listadas.

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Por Julian Sanso Rossello 31 jul, 2023
El pasado martes 18 de julio de 2023 se aprobó por el Consell de Govern de les Illes Balears, presidido por Doña Marga Prohens, el Decreto Ley 4/2023 de modificación del Decreto Legislativo 1/2014 de 6 de junio, por el cual se aprobó el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado. Este ha sido el primer paquete de medidas fiscales impulsado por el nuevo Gobierno balear, pretendiendo, según la Presidenta Prohens, no penalizar el trabajo de toda una vida y el ahorro por el que ya se ha tributado, a la hora de dejar los bienes a los hijos o familiares próximos. Así pues, se suprime mediante una bonificación del 100% sobre la cuota íntegra el impuesto entre padres e hijos, nietos y abuelos, y cónyuges, tanto por causa de muerte como en las herencias en vida mediante pactos sucesorios. Si bien lo anterior, dicha bonificación no exime de la obligación de presentar la autoliquidación del impuesto correspondiente. Asimismo, se ha fijado una rebaja de hasta el 50% del impuesto de sucesiones y donaciones entre hermanos y entre tíos y sobrinos para los fallecidos sin descendencia directa, y una rebaja del 25% para estos colectivos que sí tengan descendencia. Por otra parte, se ha introducido una novedad muy de destacar ya que el Decreto Ley también incluye la eliminación total del impuesto de transmisiones patrimoniales en la compra de primera vivienda habitual para menores de 30 años y personas con discapacidad, con un límite de renta anual de 52.800 € en declaración individual o de 84.480 € en declaración conjunta, y siempre que el precio de venta no supere los 270.151 € . Además, el impuesto de transmisiones patrimoniales se reduce a la mitad (50%), pasando del 4% al 2%, para la compra de vivienda habitual por parte de personas de entre 31 y 35 años, familias numerosas o monoparentales, y familias con discapacitados a cargo, siempre que la vivienda no tenga un precio superior a 270.151 €, o 350.000 € en el caso de las familias numerosas.
Por Julian Sanso Rossello 25 jul, 2023
Cada vez se exige más por parte de los compradores, ya sean extranjeros o nacionales, este tipo de certificados para prevenir posibles e indeseadas sorpresas a la hora de adquirir un inmueble en España, por ello resulta cuando menos ilustrativo conocer este tipo de certificado y su importancia. El certificado de inexistencia de infracción urbanística es un documento administrativo emitido por un Ayuntamiento, concretamente por su departamento o área de urbanismo, y que de forma específica certifica que una determinada vivienda o inmueble no tiene ningún expediente de disciplina urbanística a su cargo por haber cometido algún tipo de infracción urbanística. Aún cuando no es obligatoria su presentación a la hora de formalizar la compraventa de un inmueble, lo cierto es que el comprador tiene derecho a exigirlo precisamente para evitar disgustos. Efectivamente el comprador no será responsable de las sanciones impuestas al propietario anterior, pero tiene derecho a conocer aquellas posibles infracciones urbanísticas, si las hubiera, precisamente por cuanto las mismas pudieran aún no haber prescrito, y aún cuando no pueda ser sancionado por aquellas infracciones que él no ha realizado, lo cierto es que pudiera correr el riesgo de tener que asumir consecuencias de aquellas, tales como tener que pagar los gastos de una posible demolición, para el supuesto de que no se pudiera legalizar la situación. En cuanto a su solicitud, la persona que puede solicitar el referido certificado de inexistencia de infracción urbanística es en todo caso el propietario del inmueble o, en su caso, aquella persona autorizada por aquel. Generalmente, si bien dependerá del Ayuntamiento en cada caso, los documentos para proceder a la solicitud podrán ser los siguientes: *Escrito de solicitud con los datos del solicitante, del inmueble, motivos de la solicitud y petición expresa. *Fotocopia de las escrituras públicas del inmueble. *Fotocopia del plano de situación del inmueble. *Justificante del pago de la tasa correspondiente. *Autorización expresa y formal del propietario en caso de solicitud por un tercero. En cuanto a la emisión también dependerá del Ayuntamiento en cada caso, si bien el plazo puede oscilar entre las 2 semanas y hasta los 3 meses según los servicios o departamento de urbanismo.
Por Julian Sanso Rossello 24 jun, 2023
El pasado 9 de junio de 2023, a las 18:30 horas, tuvo lugar en el salón de actos del Il-lustre Col-legi d'Advocats de les Illes Balears la entrega de insignias de plata y diploma a los abogados colegiados en 1998 en esta Comunidad Autónoma, reconociéndose así los primeros 25 años de colegiación. Posteriormente, y para celebrar las bodas de plata con el Colegio se celebró una cena de gala en el restaurante El Náutico. La verdad que fue una tarde-noche emotiva e inolvidable, con una organización impecable. No hay palabras.

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